Si hoy mismo,
hiciéramos un mapa etnolingüístico, éstos, no serian cubiertos en su totalidad,
por todas las organizaciones indígenas con aquellas consideradas como sus
“bases”, hacer esta precisión, tiene como único fin, la de evitar marginar a
aquellos pueblos originarios, que, también tienen derecho, y desean participar
en el llamado proceso de reglamentación de la ley de consulta, en efecto, no es
nada nuevo esta afirmación, que sin duda es irrefutable y totalmente válida,
por tanto, es oportuno, hacer las siguientes sugerencias:
Como, quiera que la
mayoría de organizaciones indígenas no cuentan con mecanismos inmediatos de
convocatoria, ni cuentan con presupuesto, para acreditarse como lo establece,
el artículo Nº
20 de la ley Nº
29785, del Derecho a la Consulta Previa, se debe ir adecuándola, conforme se
vayan informando y cofinanciando las convocatorias regionales, a las consultas,
al interior de sus respectivas bases, que como perfil sugerido, se vayan del
mismo modo, presentando ante la instancia correspondiente del Ministerio de
Cultura.
Propiciar, la participación
en la Comisión Multisectorial al grupo de organizaciones independientes (no son
invisibles), y para formalizar su incorporación, solo es necesario impulsar un
encuentro nacional, con acreditación por organización regional o distrital, así
evitaremos, marginar al grupo más importante de pueblos indígenas del país.
El plazo corto, no
es responsabilidad de las organizaciones indígenas, ya que es obligación del
Gobierno, tomar las medidas oportunas, con ese pretexto, no puede vulnerarse el
derecho que estamos defendiendo, por lo que además, urge se tomen medidas
responsables y coherentes con la importancia del caso.
Al representante
del Ministerio de Cultura, no dejarse presionar por otras organizaciones a
eludir esta precisión, respecto a la participación de las organizaciones
indígenas independientes, los que, oportunamente, deben ser considerados en la Comisión
Multisectorial.
Atenderlos
oportunamente, sin desmerecer la organización remitente, las propuestas o
respuestas sobre la viabilidad u oportunidad de lo planteado, como medida de
cumplimiento a la ley de consulta, para, evitar más aplazamientos.
Quien puede negar,
que detrás de esta Ley, se esconde por primera vez una herramienta del cambio
eficaz, que favorecerá a los pueblos indígenas, en la proposición de un Plan de Desarrollo Integral, sin
embargo, parece que no hay ni capacidad ni interés, para tomar en serio las
proposiciones que les hacemos llegar**.
Faltara capacidad
de proposición, construcción, cooperación, conciliación e integración, para
lograr el consenso, en la más importante de la leyes, que por primera vez se
aplicará en el Perú, hará falta la sapiencia y participación, tanto de
representantes como de profesionales indígenas, con enfoques de
interculturalidad y juntos construir un nuevo país, más moderno y justo.
* Presidente
de la Coordinadora de Comunidades Nativas y Campesinas de la Cuenca del Nanay y
miembro de la etnia Iquito.
**
Proposición alcanzada el día 04 de Noviembre del 2011, con expediente Nº 038802-2011
*** Véase el blog: www.presidencialcodepiap.blogspot.com
ó ¿Cómo desarrollar los pueblos indígenas de la Amazonia Peruana?
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